EL ABORTO
Recuerdo que, en una reunión de jóvenes, se habló del aborto y salió a relucir
el artículo 41.5 del Estatuto de Cataluña enviado al Senado por el Congreso de
Diputados.
El artículo dice: Los poderes públicos, en el ámbito de sus competencias,
y en los supuestos que establece la ley, deben velar para que la libre decisión
de la mujer sea determinante en todos los casos que puedan afectar a la
dignidad, a la integridad y al bienestar físico y mental, en particular por lo
que se refiere al propio cuerpo y a su salud reproductiva y sexual.
Mi comentario fue que solamente Dios es dueño de la vida y que la vida de
una persona es sagrada.
Jeremías escribe: Antes de formarte en el seno materno te conocí y antes de
que nacieras te santifiqué. (Jr 1,5)
Desde el primer momento de su existencia el ser humano debe ser reconocido
en sus derechos de persona y entre estos derechos hay el derecho inviolable de
todo ser inocente a la vida. (C.I.C., 2270)
La reunión acabó diciendo que el cristiano no puede ni defender, ni admitir el
aborto provocado expresamente.